Te la reestructuré poniendo como eje la coincidencia entre oposición y oficialismo, y dejando la controversia jurídica como contexto para el cierre. Ojo: en los datos suministrados Ramón Raposo aparece como PRM, pero corresponde al PRD.
Oposición y oficialismo respaldan suspensión de restricción a publicación de encuestas
La decisión de la Junta Central Electoral de suspender provisionalmente la prohibición de publicar encuestas electorales fuera de los períodos de precampaña y campaña encontró respaldo entre legisladores de oposición y oficialismo, quienes consideran que la restricción afectaba derechos como la libertad de expresión e información.
Diputados de distintas bancadas valoraron positivamente que la Junta Central Electoral suspendiera la aplicación del artículo 13 de su reglamento sobre firmas encuestadoras, mientras permanece pendiente una decisión judicial sobre la legalidad y constitucionalidad de esa disposición.
Los congresistas coincidieron en que la difusión de estudios de opinión no debía ser limitada mediante una disposición reglamentaria fuera de los períodos expresamente establecidos por la legislación electoral.
CORTE: RAMÓN RAP
CORTE: EUGENIO CEDEÑO. Diputado del PRM.
De su lado, el presidente de la Comisión de Junta Central Electoral de la Cámara de Diputados, Elías Wessin Chávez, explicó que la decisión no fue adoptada de manera unánime por el pleno del organismo y adelantó que se espera una convocatoria a los partidos políticos para abordar el tema.
CORTE: ELÍAS WESSIN CHÁVEZ. Diputado del PQDC.
Mientras, el diputado de Alianza País Pedro Martínez sostuvo que la prohibición establecida inicialmente por la JCE respondió a presiones de determinados sectores polític
La controversia se originó con el artículo 13 del reglamento aprobado por la JCE en mayo, que prohibía publicar o difundir encuestas electorales fuera del período legal de precampaña. La disposición fue impugnada y el caso se encuentra pendiente de una decisión definitiva del Tribunal Constitucional.
La JCE suspendió provisionalmente la aplicación del artículo al considerar que mantener sus efectos mientras se resuelve la controversia podría generar incertidumbre jurídica. La medida no implica que el organismo haya declarado inconstitucional la disposición, por lo que su validez definitiva continúa pendiente de decisión.


